UnIVA que, al igual que el alquiler, el inquilino podrá desgravarse de dicha actividad profesional. Otro caso en el que se debe pagar el IVA es el de aquellas viviendas arrendadas por temporada en las que el propietario ofrezca servicios asimilables a los de la industria hotelera. Si, como arrendadores, ofrecemos a nuestro inquilino servicios
Unarrendamiento de 2 años de duración con una renta pactada para el primer año de 100 euros al mes y para el segundo año de 200 euros al mes. Renta media= [ (100 x 12) + (200 x 12)] / 24= 150 Euros. Base imponible: 150 euros. Cuota: 43,25 euros por aplicación de la escala del artículo 14 de la Norma Foral 1/2011. 3.
Explicamoslas implicaciones fiscales del alquiler por personas físicas de locales o viviendas a empresas o particulares. Llámanos. Asesoría Valladolid. Pero cual es el iva y el irpf que se debe aplicar en Cantabria por el alquiler de una vivienda a una empresa para sus empleados. Maria Jose Alonso 5 marzo, 2014.
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